21.11.06

Unión Fenosa pide anular un juicio de arbitraje en Nicaragua

La Prensa (Nicaragua)

La empresa distribuidora de energía, Unión Fenosa Disnorte y Dissur, se opone a la ejecución de un juicio de arbitraje con el Instituto Nicaragüense de Energía (INE), por lo que introdujo un incidente de nulidad, que de prosperar, el proceso en cuestión no podría realizarse.

El juicio que se tramita en el Juzgado Primero Civil de Distrito es promovido por INE para que por la vía judicial se nombre a un árbitro para que participe, junto a dos árbitros más (Ruth Herrera y Fernando Manzanares), en el juicio de arbitraje a Fenosa, en el cual se determinará si dicha empresa ha incurrido en irregularidades en el servicio de distribución energética.

Unión Fenosa respondió con el incidente de nulidad absoluto por todo lo actuado en el juicio. Su principal argumento radica en que INE no cumplió con la condición previa a un proceso de arbitraje, de llegar a un procedimiento de conciliación, en el cual las partes intentan resolver las controversias.

Jessie Ruiz Lozano, representante de INE en el juicio, se opuso al incidente y pidió al judicial se declare improcedente “en vista de que el incidente de nulidad absoluta se invoca únicamente en la jurisdicción ordinaria, y el arbitraje es una solución alterna de conflictos que no está sujeta a la jurisdicción ordinaria”.

FALTABA EL CONSENSO

Fenosa alega que el INE no tenía que enviar ninguna solicitud de nombramiento de árbitro si todavía Herrera y Manzanares supuestamente continuaban buscando un consenso respecto de quién sería el tercer árbitro.

En este proceso, las partes en conflicto también pueden hacer sus propias propuestas de árbitros, pero sería la judicial la que definiría finalmente.

El arbitraje contra la transnacional española es porque, de acuerdo al ente regulador, ha incumplido con aplicar los descuentos tarifarios aprobados por el INE, cobros indebidos de alumbrado público, cuantificación equivocada de los desvíos de costos de mayoristas, pago de la generación de acuerdo a la facturación, y la no aplicación de la Normativa de Calidad del Servicio.